[Remoto] Control de aulas

  • Existen programas informáticos que permiten de manera remota controlar el trabajo de los ordenadores de los alumnos, pudiendo incluso interactuar con ellos. Algunos ejemplos son iTALC, Epoptes y Veyon.
  • A continuación se hacen algunas apreciaciones acerca del uso de estos programas en los centros educativos.


Aviso legal importante, LOPD 15/1999

En cumplimiento del art 5 (Derecho de Información) de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Caracter Personal (LOPD) 15/1999, aplicado dentro de este contexto, el profesor queda obligado a informar al alumno de la utilización de este software previamente a toda utilización, monitorización y/o vigilancia que se pudiera realizar con el mismo.


  • Estos ordenadores son de uso educativo, no personal.
  • Para controlar que se usan adecuadamente, tienen instalado un programa que permite que el profesor vea en cualquier momento lo que se está haciendo en ellos.
  • El programa no avisa al usuario de que el profesor está viendo su ordenador, ni tiene por qué hacerlo.
  • Según sentencia del Tribunal Supremo, “si no hay derecho a utilizar el ordenador para usos personales, no habrá tampoco derecho para hacerlo en unas condiciones que impongan un respeto a la intimidad o al secreto de las comunicaciones”. Sentencia T. S. (Sala 4) de 6 de octubre de 2011. Despido disciplinario por uso del ordenador para fines propios.


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  • Última modificación: 2025/04/25 19:34
  • por fepg