Programas informáticos que permiten de manera remota controlar el trabajo de los ordenadores de los alumnos, pudiendo incluso interactuar con ellos.
En cumplimiento del art 5 (Derecho de Información) de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Caracter Personal (LOPD) 15/1999, aplicado dentro de este contexto, el profesor queda obligado a informar al alumno de la utilización de este software previamente a toda utilización, monitorización y/o vigilancia que se pudiera realizar con el mismo.